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Si el contador de una entidad no está convencido de la necesidad de las NIIF, el esfuerzo de conversión no dará resultados positivos.
El párrafo OB11 del Marco Conceptual establece lo siguiente: Como en la mayoría de las metas, la visión del Marco Conceptual de la información financiera ideal es improbable que se alcance en su totalidad, al menos no a corto plazo, porque lleva tiempo comprender, aceptar e implementar nuevas formas de analizar transacciones y otros sucesos.
¿Cuánta verdad encierra el párrafo OB11 del Marco Conceptual? Muchísima.
Antes de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), la mayoría de contabilidades de la región eran llevadas de acuerdo con requerimientos tributarios. La legislación tributaria de cualquier país tiene fines recaudadores, antes que preocuparse por manifestar en los libros contables la salud financiera de las entidades.
Ello ha hecho que la mayoría de nuestros colegas no estén entrenados en analizar la esencia de las transacciones. Se necesita tiempo y práctica para hacerlo tal como lo señala el Marco Conceptual.
Las NIIF tienen como objetivo fundamental, lograr información financiera de calidad. Es como ponerle un ISO a la información financiera. Por ello, estoy seguro que para una real adecuación a NIIF, quien debe adoptar las NIIF, en primer lugar no son las organizaciones (o entidades) sino los propios contadores públicos.
Con unos ejemplos que provienen de la realidad voy a clarificar el pensamiento NIIF que debemos ponerle a las transacciones:
(a) El dueño de una empresa solicita un cheque por USD100,000 al tesorero para su fin de semana y menciona: “ponlo a cuenta de mis dividendos”. El contador registra una cuenta por cobrar al accionista. Miremos la transacción en perspectiva: ¿el dueño del negocio, se lleva un activo y el contador reconoce otro activo?. Debemos razonar así: el accionista ya se llevó el efectivo, éste no va a regresar (¿ha visto a algún accionista devolver este dinero?), en consecuencia estamos ante una distribución. Pero no hay acuerdo de distribución! puede replicar algún colega. Recuerde que la sustancia es antes que la forma, lo que importa en el mundo NIIF es la sustancia, el dinero ya se fue y el accionista no necesitó ninguna formalidad como lo es el acuerdo de distribución. El acta de la distribución es forma; el dinero que se llevó el dueño es sustancia. ¿Qué registraría usted, la forma o la sustancia?
(b) En una institución financiera se siniestraron 3 vehículos. Si los vehículos ya no existen en la realidad, tampoco deberían existir en la contabilidad. Sin embargo, el colega nos comentó su práctica contable: para dar de baja a los vehículos, según nuestros procedimientos se debe reunir el comité de baja conformado por el jefe de logística, el jefe de contabilidad, el jefe de finanzas, el jefe de auditoría interno, (un poco más y llaman al Papa); este comité se reúne cada tres meses. Mientras no haya el acta de baja aprobada por el comité no le puedo dar la baja contable. -¿Puede usted creerlo? Estamos haciendo caso a la forma antes que a la sustancia.
(c) La empresa A posee 100% de acciones de la empresa B. La empresa B capitaliza utilidades por USD100,000 y emite 100,000 acciones de una valor nominal unitario de USD1.00. La empresa A recibe las 100,000 acciones. En la práctica hemos visto que el contador de A reconoce la operación mediante un cargo a la cuenta Inversiones en subsidiarias por USD100,000 con abono en la cuenta de resultados Ingresos por dividendos. Sin embargo, la situación descrita no debe generar ningún registro contable en A. Aparentemente es correcto el registro, pero un mayor análisis nos llevará a concluir que la empresa A no debe realizar ningún registro contable. Ampliamos. Imagine a la empresa B con un patrimonio total de S/1,000,000 distribuido entre capital social por S/300,000 y resultados acumulados por S/700,000. Ahora su único accionista (la empresa A) ordena la capitalización de resultados acumulados por S/200,000; el patrimonio de B quedaría distribuido de la siguiente manera: capital social de S/500,000 y resultados acumulados de S/500,000. La empresa A recibiría las acciones liberadas por un valor nominal de S/200,000.
Analicemos el efecto de esta transacción. Antes de la distribución el accionista A poseía una empresa cuyo patrimonio era de S/1,000,000 y luego de la distribución sigue siendo dueño de una empresa con un patrimonio de S/1,000,000. Ha cambiado la composición del patrimonio, pero en total sigue siendo el mismo. Aunque A tenga ahora un mayor número de acciones, en el fondo, en sustancia, A sigue siendo dueña de la misma empresa B. No se ha generado mayor riqueza en B y menos en A. Además, si A decide vender la empresa B cobraría el mismo importe por esta empresa antes y después de la capitalización de los resultados acumulados. Dicho de otra manera, si un valuador de empresas realiza una valorización de la empresa B llegará a las mismas conclusiones sobre el valor de la sociedad antes y después de la capitalización. Ello indica que la capitalización no crea mayor valor para el empresario, o para la empresa inversionista (A), en consecuencia la empresa A no debe reconocer ningún ingreso.
Por ello estoy convencido que la primera adopción de NIIF lo debemos hacer los contadores. Resetear (si cabe el termino) nuestros conocimientos contables -tributarios cuando tengamos que analizar as transacciones de acuerdo con las NIIF.
El mundo de las NIIF es tan amplio que los contadores debemos actuar como actúan los profesionales de otras carreras, debemos especializarnos. Ahora mismo decidamos si queremos ser especialistas en NIIF, en impuestos, en costos, control interno, auditoria financiera, auditoria tributaria, etc. Cada una de estas disciplinas tiene una mar de conocimientos en los que todavía no hemos profundizado. Desde el punto de vista económico también es conveniente la especialización. Pensemos en otras profesiones: ¿quién tiene una mejor remuneración el médico general o el doctor especializado en cardiología?.
Haga el paralelo con la profesión contable y tome la decisión.
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